Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Article 70Asambleas
Las Asambleas de trabajadores, debidamente autorizadas y convocadas por el Comité de Empresa o sindicatos representativos, podrán reunirse hasta cuatro veces al año, a partir de las catorce horas en las en las instalaciones con personal a turno y de las 14:45 (en período no estival) y 14:15 (en período estival) en el resto de los Centros.
Otras disposiciones