Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional en la tercera categoría del fútbol nacional, primera federación.
Article 31Premio de Antigüedad
Es el premio que se concede al Futbolista a la extinción de su relación contractual con el Club/SAD cuando ha permanecido en el mismo equipo, como futbolista profesional, durante 4 o más temporadas consecutivas. Los importes que le corresponde percibir al Futbolista Profesional por este concepto son los que se exponen a continuación: – 4 temporadas: El 10 % del salario anual del futbolista del último año. – 5 temporadas: El 12,5 % del salario anual del futbolista del último año. – 6 temporadas: El 15 % del salario anual del futbolista del último año. – 7 temporadas: El 17,5 % del salario anual del futbolista del último año. – 8 o más temporadas: El 20 % del salario anual del futbolista del último año. A los efectos del cómputo, se considerarán años de servicio los que el futbolista haya podido estar en situación de cedido. La cantidad abonada por tal concepto no será renunciable, ni absorbible o compensable con otros conceptos salariales o extrasalariales que se acuerden entre las partes.