Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional en la tercera categoría del fútbol nacional, primera federación.
Article 30Pago de salarios
Cuando no se haya especificado el día de pago de las retribuciones pactadas, se entenderá como tal el siguiente: – Prima de contratación o de fichaje: Cuando la prima se refiera a períodos superiores a un año, se dividirá el importe por el número de años para determinar la cantidad correspondiente a cada temporada. – Primas por objetivos individuales: Dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su devengo. – Sueldo mensual: Dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente.