Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para las jugadoras de baloncesto que prestan sus servicios en clubes de la liga femenina de baloncesto.
Article 12Reconocimientos médicos
Durante la vigencia del presente convenio, los Clubes estarán obligados a efectuar un reconocimiento médico anual a sus jugadoras a través de las respectivas mutuas de accidentes o entidades con quien tengan suscritas dichas contingencias. Estos reconocimientos médicos deberán ser atendidos por especialistas en materia del deporte y en centros especializados.