Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España.
Article 35Plantilla
No será preciso que en las dependencias del Banco de España existan todos los cometidos que se han enumerado y definido en la sección anterior, sino tan solo los que realmente sean necesarios para realizar los trabajos precisos en cada una de ellas. La Comisión Ejecutiva aprobará anualmente la plantilla de personal fijo del Banco de España, tanto en sus departamentos y oficinas de Madrid como de las sucursales, dando cuenta de la misma a la representación de las personas trabajadoras, sin que pueda disminuirla dentro del año, si no es conforme a las disposiciones vigentes. Cada sucursal y cada oficina y departamento de Madrid tendrán al día su plantilla numérica y la lista del personal que la integra.