Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España.
Article 95Jornada normal
La jornada normal de trabajo en el Banco de España será de siete horas diarias, de lunes a viernes. Asimismo, queda exceptuado de la jornada normal el personal conductor, quien, por las peculiares características de su cometido, quedará sometido a la jornada máxima legal y a las disposiciones legales que puedan resultarle de aplicación.