Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.
Article 22 Duración
La duración de este convenio se fija en cuatro años, contados a partir de la antes referida fecha de entrada en vigor, es decir, desde el 1 de enero de 2026, hasta el 31 de diciembre de 2029. El convenio colectivo se prorrogará de año en año en el caso de que no mediara denuncia expresa de ninguna de las partes. Una vez denunciado, se entenderá el convenio prorrogado en su contenido hasta que no se alcance acuerdo en la negociación y sea sustituido por otro. La denuncia ha de llevarse a cabo dentro de los últimos tres meses de la vigencia o prórroga en curso. Existe la obligación de constituir la mesa negociadora en el plazo máximo de un mes desde la fecha en que se produzca la denuncia.