Resolución de 19 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publican los Estatutos del Consorcio Público Instituto de Astrofísica de Canarias.
Article 36Disolución y liquidación del Consorcio
1. El IAC se disolverá por alguna de las causas siguientes:
a) Disposición legal que así lo determine.
b) Cumplimiento de los fines que justifican la existencia del Consorcio.
c) Imposibilidad legal o material de cumplir los citados fines.
d) Ejercicio del derecho de separación que conlleve disolución.
e) Acuerdo del Consejo Rector.
Dándose alguna de las cuatro primeras causas corresponde al Consejo Rector únicamente constatar su existencia porque el efecto disolutorio es automático.
2. Como principio legal se entiende que la disolución del Consorcio implica su liquidación y extinción.
3. La disolución del Consorcio por acuerdo del Consejo Rector requerirá una reunión extraordinaria monográfica convocada con seis meses de anticipación.
4. Aprobada la disolución el Consejo Rector establecerá un plan de cuatro anualidades de duración para la reversión de los bienes aportados por cada entidad la readscripción del personal la liquidación de todo tipo de relaciones jurídicas del IAC y la distribución de su patrimonio de su activo y de su pasivo entre las entidades consorciadas.
5. Junto con el acuerdo de disolución el Consejo Rector nombrará una persona liquidadora que será en todo caso un órgano o entidad vinculada o dependiente de la Administración General del Estado.
Las operaciones de liquidación se llevarán a cabo aplicando los criterios de actuación y de responsabilidad que establece la Ley 40/2015.
6. El acuerdo de disolución determinará la forma como debe procederse a la liquidación de sus bienes y obligaciones de acuerdo con las respectivas aportaciones y según los compromisos suscritos por las partes así como la forma de terminar las actuaciones en curso.
7. El Consorcio IAC podrá extinguirse por disolución sin que medien operaciones de liquidación cuando las entidades consorciadas acuerden por la mayoría cualificada prevista en los Estatutos la cesión global de activos y pasivos a otra entidad del sector público jurídicamente adecuada con la finalidad de mantener la actividad y alcanzar los objetivos del Consorcio.
Análisis
ANÁLISIS
Rango: Resolución Fecha de disposición: 19/09/2026 Fecha de publicación: 25/09/2026 Referencias anteriores PUBLICA el texto revisado de los Estatutos publicados por Resolución de 11 de diciembre de 2018 (Ref.
BOE-A-2018-17594
). DE CONFORMIDAD con el art. 123.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref.
BOE-A-2015-10566
). Materias Astronomía Canarias Consejo Superior de Investigaciones Científicas Instituto de Astrofísica de Canarias Investigación científica Ministerio de Ciencia Innovación y Universidades Organización de la Administración del Estado subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid