Resolución de 25 de septiembre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial, O.A., sobre comunicación de información a los órganos de la Administración de Justicia a través del Punto Neutro Judicial.
Annex UNICO
Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial, O.A., sobre comunicación de información a los órganos de la Administración de Justicia a través del Punto Neutro Judicial Madrid, a 7 de septiembre de 2026.
REUNIDOS
De una parte, el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial, Excmo. Sr. don Miguel Hernández Serna, nombrado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 29 de enero de 2025 (BOE de 30 de enero de 2025), quien actúa en representación del Consejo General del Poder Judicial, expresamente facultado para este acto mediante acuerdo de delegación de firma de la Presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de fecha 28 de julio de 2026, reconociéndose la plena capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio. Y, de otra parte, don Pablo Izquierdo Ranea, Secretario General del Organismo Autónomo Fondo de Garantía Salarial, nombrado por Orden TES/198/2026, de 4 de marzo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social (BOE de 9 de marzo de 2026), en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial. En uso de las facultades que les confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes se reconocen con capacidad y legitimación bastante en derecho para celebrar y firmar el presente convenio de colaboración, y en su virtud,
EXPONEN