Instrucción IS-49, de 14 de septiembre de 2026, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre criterios y requisitos de seguridad nuclear y protección radiológica para el desmantelamiento de las instalaciones nucleares.
Article 12Mantenimiento, pruebas, vigilancias e inspecciones
1. El titular de la autorización de desmantelamiento o, en su caso, de desmantelamiento y cierre, deberá preparar e implementar programas documentados para el mantenimiento, prueba, vigilancia e inspección de estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad, con objeto de asegurar que se mantiene su disponibilidad, fiabilidad y funcionalidad, conforme al análisis de seguridad efectuado para el desmantelamiento. Los programas deberán tener en cuenta los límites y condiciones de operación, y ser reevaluados a la luz de la experiencia y del estado cambiante de la instalación durante el desmantelamiento.
2. El titular de la autorización de desmantelamiento o, en su caso, de desmantelamiento y cierre, deberá planificar el mantenimiento, las pruebas y las inspecciones de las estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad, o relacionados con ella, teniendo en cuenta, en el caso de desmantelamientos prolongados, su posible envejecimiento.
3. El titular de la autorización de desmantelamiento o, en su caso, de desmantelamiento y cierre, deberá registrar, guardar, analizar y revisar los datos del mantenimiento, prueba, vigilancia e inspección de estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad. Cuando sea necesario deberán implementarse acciones correctivas tales como reparación, reemplazo o cambio en el programa de mantenimiento.