Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.
Article 25Gastos por traslado
En los casos de traslado forzoso la empresa estará obligada a establecer como mínimo los siguientes gastos: – Los gastos de transporte tanto de la persona trabajadora como de sus familiares y enseres. – El abono de diez días naturales de dietas en la cuantía especificada en este convenio cuando tengan a su cargo hasta un mínimo de tres familiares menores de edad o mayores incapacitados; y además les otorgará una licencia retribuida de siete días naturales.