Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.
Article 26Dietas y desplazamientos
Las personas trabajadoras que por necesidad de la empresa hayan de desplazarse fuera del lugar en que radica su centro habitual de trabajo, percibirán, a tenor de la duración de los desplazamientos y de la necesidad de utilización de los diferentes apartados: – Año 2025:
a) Para gastos de manutención:
1. Comida: 15,08 euros.
2. Cena: 15,08 euros.
3. En el extranjero: 31,20 euros.
b) Gastos de alojamiento:
1. Con pernocta en España: 52 euros.
2. Fuera de España con pernocta: 104 euros.
– Año 2026:
a) Para gastos de manutención:
1. Comida: 15,76 euros.
2. Cena: 15,76 euros.
3. En el extranjero: 32,60 euros.
b) Gastos de alojamiento:
1. Con pernocta en España: 54,34 euros.
2. Fuera de España con pernocta: 108,68 euros.
En 2027 y siguientes, la retribución será según los incrementos pactados en convenio y quedará establecido su importe en el anexo correspondiente relativo a las tablas salariales.