Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
Article 94Comidas en los CRE
Siempre que exista servicio de comedor para el alumnado adscrito al programa de educación residencial, las personas trabajadoras cuya jornada de trabajo se extienda al menos de las 13,30 a las 16 horas, o de las 20,30 a las 23 horas, según sea su jornada matutina o vespertina, tendrán derecho a efectuar la comida o cena en el centro.
Procedimientos extrajudiciales de solución de conflictos