Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de trabajo de Carglass, SLU.
Article 27Condiciones salariales en Carglass
Las condiciones salariales en Carglass para el año 2025 y 2026, para cada uno de los grupos profesionales, serán las que se contienen en la siguiente tabla: Clasificación 2025 – Euros 2026 – Euros Grupo 0. 40.800,00 42.353,64 Grupo 1. 35.700,00 37.059,44 Grupo 2. 33.660,00 34.941,75 Grupo 3. 30.600,00 31.765,23 Grupo 4. 28.050,00 29.118,13 Grupo 5a. 26.469,00 27.476,92 Grupo 5b. 25.449,00 26.418,08 Grupo 6a. 23.919,00 24.829,82 Grupo 6b. 23.256,00 24.141,57 Grupo 7. 22.440,00 23.294,50 Dichos salarios son globales e integran todos los conceptos retributivos de carácter fijo a los que pudiera tener derecho la persona trabajadora, incluido el complemento mobile actual, con la excepción de los trienios de antigüedad pendientes de devengo a los que se refiere la cláusula quinta y el complemento Mobile de la cláusula sexta. Por otro lado, también se excluyen expresamente el plus de transporte, el plus de idiomas, el plus de nocturnidad, el plus de fin de semana, el complemento de carretilla elevadora y el complemento de segundo de centro. Sin perjuicio de la anterior tabla de condiciones salariales, en el supuesto de que la retribución establecida por el correspondiente convenio colectivo provincial del sector de la industria siderometalúrgica fuera superior, se aplicarán las condiciones de dicho convenio, generando el complemento territorial. El incremento anual de las tablas salariales no será compensable ni absorbible.