Resolución de 13 de octubre de 2026, de la Secretaría General Técnica, en virtud del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
Article 2, apartado 1.b.iii).C
– Impuesto sobre el valor añadido (Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, capítulo 23:12). La República de Zimbabue deposita la siguiente notificación modificada de la autoridad competente para su consignación en el anexo B, de conformidad con el artículo 3, apartado 1.d, del Convenio: