X 22015/boe

Resolución de 12 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Bilbao n.º 11 a inscribir una escritura de ejercicio de opción de compra.

Annex section primeroApartado primero. Entiendo que el citado recurso debe ser estimado, dicho pleno respeto hacia el criterio del Sr. Registrador, y sin otro ánimo que el de coadyuvar a su resolución por la Dirección General, con su superior criterio

Annex section segundoApartado segundo. Por respeto al principio de eficacia y oponibilidad de los asientos registrales

Article 38“A todos los efectos legales se presumirá que los derechos reales inscritos en el Registro existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo. De igual modo se presumirá que quien tenga inscrito el dominio de los inmuebles o derechos reales tiene la posesión de los mismos.”

Annex section terceroApartado tercero. Por respeto al principio contractual del “res inter alios acta”

Annex section cuartoApartado cuarto. Cuanto antecede no deja indefenso al titular registral actual. El importe de la venta está depositado ante el suscrito notario y a su disposición, tal y como oportunamente se notificó, con la debida diligencia