Fomento del empleo. Subvenciones.-Decreto 167/2026, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones de orientación para el empleo y mejora de la empleabilidad y se aprueba la primera convocatoria dirigida a personas con discapacidad (Programa NORA), la primera convocatoria dirigida a personas jóvenes de entre 19 y 29 años (Programa PROYECTA 19-29) y la primera convocatoria dirigida a personas jóvenes de entre 16 y 18 años (Programa PROYECTA 16-18), correspondientes al ejercicio 2026.
Article 29Seguimiento y control
1. Corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo el ejercicio de las funciones de control, evaluación y seguimiento de las subvenciones reguladas en este decreto. A estos efectos, la entidad beneficiaria estará obligada a someterse a cuantas actuaciones de comprobación, seguimiento y control resulten procedentes.
Para la realización de estas funciones se utilizarán cuantos medios estén a disposición de la Consejería competente en materia de empleo, incluida la contratación con terceros y la colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el marco de las competencias que le son propias.
2. Asimismo, la entidad beneficiaria estará obligada a someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración de la Junta de Extremadura, así como a las que puedan ejercer los órganos competentes de las instituciones comunitarias en relación con las ayudas concedidas, facilitando la información que le sea requerida y presentando la documentación y los justificantes necesarios para la correcta verificación del destino de los fondos percibidos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas.