CODIGO CIVIL
Artículo 737El fideicomisario puede ser persona que al
Vigente · versión de 18 mar 1965
Art. 737. El fideicomisario puede ser persona que al tiempo de deferirse la propiedad fiduciaria no existe, pero se espera que exista.
CODIGO CIVIL
Vigente · versión de 18 mar 1965
Art. 737. El fideicomisario puede ser persona que al tiempo de deferirse la propiedad fiduciaria no existe, pero se espera que exista.