CODIGO CIVIL
Artículo 2335La fianza es una obligación accesoria, en
Vigente · versión de 18 mar 1965
Art. 2335. La fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple. La fianza puede constituirse, no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiador.