🇨🇱 Chile
Derogada parcialmente Decreto ley 82 unidades
DECRETO LEY ORGANICO DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO
DL 1.263cl-decree-law-1975-11-28-126311 dic 2023
- Artículo 1 El sistema de administración financiera
- Artículo 2 El sistema de administración financiera
- Artículo 3 El presupuesto, la contabilidad y la
- Artículo 4 Todos los ingresos que perciba el Estado
- Artículo 5 El sistema presupuestario estará
- Artículo 6 Se entiende por administración de
- Artículo 7 El sistema de contabilidad funcionará
- Artículo 8 La administración financiera deberá
- Artículo 9 El sistema presupuestario elaborado en
- Artículo 10 El programa financiero es un instrumento
- Artículo 11 El presupuesto del Sector Público
- Artículo 12 El ejercicio presupuestario coincidirá
- Artículo 13 La elaboración tanto del programa
- Artículo 14 El presupuesto deberá quedar totalmente
- Artículo 15 La Dirección de Presupuestos es el
- Artículo 16 Las clasificaciones presupuestarias que
- Artículo 17 El cálculo de entradas del presupuesto
- Artículo 18 Se considerará como ingreso
- Artículo 19 Los presupuestos de gastos son
- Artículo 19 bis Los contratos de estudios para
- Artículo 20 Sólo se publicará en el "Diario
- Artículo 21 Los ingresos y/o gastos aprobados por
- Artículo 22 La Dirección de Presupuestos propondrá
- Artículo 23 En conformidad al programa de ejecución
- Artículo 24 Los compromisos pendientes de pago al 31
- Artículo 25 Los servicios públicos que determinan,
- Artículo 26 Las normas sobre traspasos, incrementos
- Artículo 26 bis Las modificaciones presupuestarias
- Artículo 27 La adquisición de monedas extranjeras
- Artículo 28 El Ejecutivo podrá ordenar pagos,
- Artículo 29 El Ministro de Hacienda, por decreto
- Artículo 29 bis Por decreto, del Ministerio de
- Artículo 30 La función recaudadora de todos los
- Artículo 31 El Servicio de Tesorería, mediante el
- Artículo 32 Todos los ingresos del Sector Público,
- Artículo 33 La Tesorería General de la República
- Artículo 34 El Servicio de Tesorerías estará
- Artículo 35 El Servicio de Tesorerías tendrá a su
- Artículo 36 DEROGADO
- Artículo 37 DEROGADO
- Artículo 38 DEROGADO
- Artículo 39 Se entiende por crédito público la
- Artículo 40 La deuda pública directa está
- Artículo 41 Son operaciones de deuda externa
- Artículo 42 Es deuda interna aquella que contrae el
- Artículo 43 Para constituir la deuda pública será
- Artículo 44 Los actos administrativos de los
- Artículo 45 En las obligaciones que contraiga el
- Artículo 46 El Contralor General de la República
- Artículo 47 El Estado puede colocar los títulos de
- Artículo 47 bis En la emisión de bonos y otros
- Artículo 48 El servicio de la deuda pública estará
- Artículo 49 Podrá modificarse el régimen de la
- Artículo 50 El Ministro de Hacienda fiscalizará la
- Artículo 50 bis El producto total de los
- Artículo 51 El sistema de control financiero
- Artículo 52 Corresponderá a la Contraloría General
- Artículo 53 La Contraloría General de la
- Artículo 54 Corresponderá a la Contraloría General
- Artículo 55 Los ingresos y gastos de los servicios o
- Artículo 56 Los cargos cuya función consista en la
- Artículo 57 Para los efectos del control financiero
- Artículo 58 Toda cuenta será examinada, finiquitada
- Artículo 59 Del examen de las cuentas podrán
- Artículo 60 Si las cuentas no fueren presentadas
- Artículo 61 Los métodos y procedimientos de
- Artículo 62 Lo dispuesto en este Título es sin
- Artículo 63 El sistema de contabilidad gubernamental
- Artículo 64 El sistema de contabilidad gubernamental
- Artículo 65 La Contraloría General de la República
- Artículo 66 Los registros y estados contables
- Artículo 67 Dichas unidades de contabilidad
- Artículo 68 Los servicios públicos deberán
- Artículo 69 Corresponderá a la Contraloría General
- Artículo 70 Las materias que de acuerdo a las
- Artículo 71 No obstante lo dispuesto en las normas
- Artículo 72 Los presupuestos de gastos de cualquier
- Artículo 73 Derógase, a partir de la vigencia
- Disposición transitoria
- Artículo 1 Los siguientes organismos y empresas
- Artículo 2 Las disposiciones del presente decreto
- Artículo 3 La Contraloría General de la República