🇨🇱 Chile
Vigente Decreto ley 27 unidades
LEY DE FOMENTO A LA MARINA MERCANTE
DL 3.059cl-decree-law-1979-12-22-305919 nov 2025
- Artículo 1 La Política naviera permanente de Chile
- Artículo 2 Las disposiciones de esta ley se
- Artículo 3 Se entenderá por cabotaje el transporte
- Artículo 4 Para los efectos de transportar los
- Artículo 5 Todas las empresas navieras chilenas
- Artículo 6 Para los efectos de las disposiciones de
- Artículo 7 Las empresas navieras chilenas o
- Artículo 8 Las empresas de Astilleros y Maestranzas
- Artículo 9 El Tesorero General de la República
- Artículo 10 Estarán exentos del impuesto adicional
- Artículo 10 a El Tesorero General de la República
- Artículo 10 b El Tesorero General de la República
- Artículo 11 Todas las exenciones de impuestos,
- Artículo 12 Las empresas navieras, comprendidas las
- Artículo 13 Para todos los efectos de la Ley sobre
- Artículo 14 Cuando el Estado exija realizar tráficos
- Artículo 14 a Cuando, por razones de seguridad
- Artículo 14 b La importación de naves y artefactos
- Artículo 14 c La importación de naves mayores de
- Artículo 15 Los capitanes, oficiales y tripulantes de
- Artículo 16 Las naves nacionales que se hayan
- Artículo 17 Las demás infracciones al presente
- Artículo 18 El embarque que se efectúe
- Artículo 19 Deróganse la ley N° 12
- Artículo 20 No obstante lo dispuesto en el artículo
- Artículo 21 El Presidente de la República en el
- Artículo 22 El presente decreto ley regirá sesenta