🇨🇱 Chile
Vigente Ley 23 unidades
FIJA LAS PLANTAS DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DEL TRABAJO Y DE LAS SUBSECRETARIAS DEL MINISTERIO DEL RAMO
Ley 15.358cl-law-1963-11-25-1535825 nov 1963
- Artículo
- Artículo 2 Para ser designado en los cargos de Fiscal y de Jefe o de Sub-Jefe del Departamento Jurídico, será necesario estar en posesión del título de Abogado
- Artículo 3
- Artículo 4 Los cargos de categorías contemplados en la Planta Administrativa de la presente ley se proveerán conforme al respectivo escalafón de especialidades
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7 Introdúcense las siguientes modificaciones al D
- Artículo 8 Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 2° de la ley N° 14
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11 Reemplázanse en el artículo 2° del D
- Artículo 12 ° Reemplázanse en el párrafo "B
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15 Fíjase, a contar del 1° de Mayo de 1963, en un cuatro por mil el impuesto adicional sobre los sueldos y salarios establecidos en la ley N° 6
- Artículo 16 Los trabajos extraordinarios que efectúe el personal de la Dirección del Trabajo, no estarán sujetos a la limitación de horarios nocturnos o de días festivos establecidos en el artículo 79° del D
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo