🇨🇱 Chile
Vigente Ley 9 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL PARA CONTRATAR EL EMPRESTITO QUE SEÑALA
Ley 17.057cl-law-1969-01-06-170576 ene 1969
- Artículo 1
- Artículo 2 °- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior
- Artículo 3 °- El producto del o los empréstitos que se contraten en virtud de lo dispuesto en la presente ley, deberá ser invertido en los siguientes fines:
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6 °- En caso de no contratarse el o los empréstitos, la Municipalidad de Yumbel podrá girar con cargo al rendimiento del tributo establecido en el artículo 4
- Artículo 7 °- Si los recursos a que se refiere el artículo 4
- Artículo 8
- Artículo 9