🇨🇱 Chile
Vigente Ley 8 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CISNES CONTRATAR EMPRESTITOS QUE INDICA
Ley 17.522cl-law-1971-10-19-1752219 oct 1971
- Artículo
- Artículo 2 Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior
- Artículo 3
- Artículo 4 La Municipalidad de Cisnes servirá los empréstitos que se autoriza contratar con el producto de la tasa parcial señalada en la letra e) del artículo 16 de la ley N° 17
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8