🇨🇱 Chile
Vigente Ley 34 unidades

CREA UN NUEVO SISTEMA DE SUBSIDIO UNIFICADO DE EMPLEO

Ley 21.808cl-law-2026-03-13-2180813 mar 2026

SubsidiosEmpleoPolítica LaboralMercado LaboralTrabajadoresEmpleo Formal

  1. Artículo 1 Objeto de la ley Modificado
  2. Artículo 2 Principios Modificado
  3. Artículo 3 De los grupos prioritarios Modificado
  4. Artículo 4 Definiciones Modificado
  5. Artículo 5 Del subsidio unificado de empleo y sus beneficiarios Modificado
  6. Artículo 6 Requisitos generales de acceso al subsidio unificado de empleo Modificado
  7. Artículo 7 Condiciones de elegibilidad de las empresas y de las personas trabajadoras beneficiarias de grupos prioritarios Modificado
  8. Artículo 8 Del ajuste del ingreso mínimo mensual y el establecimiento de los parámetros de elegibilidad y del porcentaje de aporte del subsidio unificado de empleo Modificado
  9. Artículo 9 Procedimiento y regulación administrativa del sistema de subsidio unificado de empleo Modificado
  10. Artículo 10 Subsidio a las empresas Modificado
  11. Artículo 11 Requisitos específicos para acceder al subsidio para las empresas Modificado
  12. Artículo 12 Límite del subsidio a las empresas por personas trabajadoras Modificado
  13. Artículo 13 Régimen de pago e incentivo de continuidad laboral Modificado
  14. Artículo 14 Suspensión del pago del subsidio Modificado
  15. Artículo 15 Pérdida del subsidio y resguardo al empleo formal y el trabajo decente Modificado
  16. Artículo 16 Incompatibilidad Modificado
  17. Artículo 17 Transferencia monetaria no constitutiva de renta Modificado
  18. Artículo 18 Del subsidio a las personas trabajadoras y los requisitos específicos para acceder al subsidio Modificado
  19. Artículo 19 Del subsidio a las personas trabajadoras independientes Modificado
  20. Artículo 20 Régimen de pago, reliquidación y suspensión Modificado
  21. Artículo 21 Cálculo del subsidio de las personas trabajadoras dependientes con dos o más remuneraciones y con rentas del numeral 2° del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta Modificado
  22. Artículo 22 Transferencia monetaria no constitutiva de renta Modificado
  23. Artículo 23 Administración del sistema de subsidio unificado Modificado
  24. Artículo 24 Información necesaria para la concesión y funcionamiento del subsidio Modificado
  25. Artículo 25 Supervigilancia y control del sistema de subsidio unificado Modificado
  26. Artículo 26 Irregularidades en la percepción del subsidio Modificado
  27. Artículo 27 La asignación del Subsidio Unificado al Empleo deberá ajustarse a lo que establezca la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año respectivo Modificado
  28. Artículo 28 Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19 Modificado
  29. Artículo primero Esta ley entrará en vigencia el primer día del séptimo mes de su publicación, con excepción de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio Modificado
  30. Artículo segundo Durante el primer año de vigencia de esta ley, los criterios y parámetros del subsidio a que refiere el artículo 8 serán los siguientes: Modificado
  31. Artículo tercero Modificado
  32. Artículo cuarto Los subsidios al empleo regulados en la ley N° 20 Modificado
  33. Artículo quinto Para el primer año presupuestario de entrega del beneficio, la asignación de nuevos beneficios no podrá importar gastos que superen $103 Modificado
  34. Artículo sexto Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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