ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Artículo 21El presente Estatuto pasará a regir al personal que actualmente se encuentra desempeñando funciones en el extranjero
Vigente · versión de 7 oct 1968
Artículo 21º.- El presente Estatuto pasará a regir al personal que actualmente se encuentra desempeñando funciones en el extranjero.