ESTABLECE IMPUESTO UNICO A LOS FOSFOROS
Artículo 4Las disposiciones del presente decreto entrarán a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
Vigente · versión de 14 oct 1971
Artículo 4°- Las disposiciones del presente decreto entrarán a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.