ESTABLECE IMPUESTOS UNICOS A LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN
Artículo 4o- Las disposiciones del presente decreto regirán desde el día primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial
Esta ley ya no está en vigor (Derogada).
Artículo 4.o- Las disposiciones del presente decreto regirán desde el día primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.