ESTABLECE IMPUESTOS UNICOS A LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN
Article 4o- Las disposiciones del presente decreto regirán desde el día primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial
In force · version of Oct 14, 1971
Artículo 4.o- Las disposiciones del presente decreto regirán desde el día primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.