DFL 29

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Artículo 1Las relaciones entre el Estado y el Ley 18

Artículo 2Los cargos de planta o a contrata sólo Ley 18

Artículo 3Para los efectos de este Estatuto el Ley 18

Artículo 4Las personas que desempeñen cargos de Ley 18

Artículo 5Para los efectos de la carrera Ley 18

Artículo 6La carrera funcionaria se iniciará

Artículo 7Serán cargos de la exclusiva confianza Ley 19

Artículo 8Los cargos de jefes de departamento y Ley 19

Artículo 9Todo cargo público necesariamente

Artículo 10Los empleos a contrata durarán, como Ley 18

Artículo 11Podrá contratarse sobre la base de Ley 18

Artículo 12Para ingresar a la Administración del Ley 18

Artículo 13Los requisitos señalados en las letras

Artículo 14La provisión de los cargos se

Artículo 15Salvo disposición en contrario, en los Ley 19

Artículo 16El nombramiento regirá desde la fecha

Artículo 17El ingreso a los cargos de carrera en Ley 19

Artículo 18El concurso consistirá en un Ley 18

Artículo 19En los concursos se mantendrá en

Artículo 20La autoridad facultada para hacer el

Artículo 21El concurso será preparado y realizado Ley 18

Artículo 22La autoridad facultada para hacer el Ley 18

Artículo 23No obstante lo dispuesto en los Ley 19

Artículo 24Una vez aceptado el cargo, la persona Ley 18

Artículo 25Establécese un sistema de empleo a Ley 18

Artículo 26Se entenderá por capacitación el

Artículo 27Existirán los siguientes tipos de Ley 18

Artículo 28Los estudios de educación básica,

Artículo 29Las instituciones deberán distribuir

Artículo 30En los casos en que la capacitación Ley 18

Artículo 31Los funcionarios seleccionados para Ley 18

Artículo 32El sistema de calificación tendrá por

Artículo 33Todos los funcionarios, incluido el Ley 19

Artículo 34No serán calificados el Jefe Superior

Artículo 35La calificación se hará por la Junta

Artículo 36La Junta Calificadora será presidida

Artículo 37Las normas de este párrafo servirán de Ley 19

Artículo 38La calificación evaluará los doce

Artículo 39El proceso de calificaciones deberá Ley 19

Artículo 40No serán calificados los funcionarios Ley 19

Artículo 41La Junta Calificadora adoptará sus Ley 19

Artículo 42Son anotaciones de mérito aquéllas Ley 19

Artículo 43Son anotaciones de demérito aquéllas Ley 19

Artículo 44Las anotaciones deberán referirse

Artículo 45Si el Jefe Directo rechazare las Ley 19

Artículo 46Los acuerdos de la Junta deberán ser Ley 19

Artículo 47Los factores de evaluación y su Ley 19

Artículo 48El funcionario tendrá derecho a apelar Ley 19

Artículo 49El fallo de la apelación será

Artículo 50El funcionario calificado por

Artículo 51Con el resultado de las calificaciones Ley 19

Artículo 52El escalafón comenzará a regir a

Artículo 53La promoción se efectuará por concurso

Artículo 54El ascenso es el derecho de un Ley 18

Artículo 55Serán inhábiles para ser promovidos

Artículo 56Un funcionario de la Planta de Ley 19

Artículo 57Los funcionarios, al llegar al grado Ley 18

Artículo 58Para hacer efectivo el derecho que Ley 18

Artículo 59El ascenso regirá a partir de la fecha Ley 18

Artículo 60Un Reglamento contendrá las normas Ley 19

Artículo 61Serán obligaciones de cada funcionario:

Artículo 62En el caso a que se refiere la letra f) Ley 18

Artículo 63En la situación contemplada en la letra Ley 18

Artículo 64Serán obligaciones especiales de las

Artículo 65La jornada ordinaria de trabajo de los Ley 18

Artículo 66El jefe superior de la institución, el Ley 18

Artículo 67Se entenderá por trabajo nocturno el

Artículo 68El descanso complementario destinado a Ley 18

Artículo 69Los empleados que deban realizar Ley 18

Artículo 70El jefe superior de la institución, el Ley 18

Artículo 71Los funcionarios no estarán obligados a Ley 18

Artículo 72Por el tiempo durante el cual no se Ley 18

Artículo 73Los funcionarios sólo podrán ser Ley 18

Artículo 74Cuando la destinación implique un

Artículo 75Los funcionarios públicos podrán ser Ley 18

Artículo 76Los funcionarios no podrán ser Ley 18

Artículo 77Cuando la comisión deba efectuarse en

Artículo 78Los funcionarios públicos pueden

Artículo 79La subrogación de un cargo procederá Ley 18

Artículo 80En los casos de subrogación asumirá

Artículo 81No obstante, la autoridad facultada para Ley 18

Artículo 82El funcionario subrogante no tendrá Ley 18

Artículo 83El derecho contemplado en el artículo Ley 18

Artículo 84El funcionario estará afecto a las Ley 18

Artículo 85En una misma institución no podrán Ley 19

Artículo 86Todos los empleos a que se refiere el Ley 18

Artículo 87No obstante lo dispuesto en el artículo Ley 18

Artículo 88La compatibilidad de remuneraciones no Ley 18

Artículo 89Todo funcionario tendrá derecho a gozar Ley 18

Artículo 90Los funcionarios tendrán derecho, Ley 18

Artículo 90 aLos funcionarios que ejerzan las

Artículo 90 bLa denuncia a que se refiere el

Artículo 90 cNo serán aplicables los artículos 90

Artículo 91El funcionario tendrá derecho a ocupar Ley 18

Artículo 92Los funcionarios tendrán derecho a Ley 18

Artículo 93Los funcionarios tendrán derecho a Ley 18

Artículo 94Las remuneraciones se devengarán desde

Artículo 95Las remuneraciones son embargables hasta

Artículo 96Queda prohibido deducir de las

Artículo 97No podrá anticiparse la remuneración

Artículo 98Los funcionarios tendrán derecho a

Artículo 99El derecho al cobro de las asignaciones

Artículo 100El funcionario conservará la propiedad

Artículo 101El funcionario que usare indebidamente

Artículo 102Se entiende por feriado el descanso a

Artículo 103El feriado corresponderá a cada año

Artículo 104El funcionario solicitará su feriado Ley 18

Artículo 104 bisTodo funcionario tendrá derecho a

Artículo 105Los funcionarios que se desempeñen en

Artículo 106El funcionario que desempeñe sus

Artículo 107El funcionario que ingrese a la

Artículo 108Se entiende por permiso la ausencia

Artículo 109Los funcionarios podrán solicitar

Artículo 110El funcionario podrá solicitar permiso

Artículo 111Se entiende por licencia médica el

Artículo 112La declaración de irrecuperabilidad de

Artículo 113La declaración de irrecuperabilidad

Artículo 114En caso de que un funcionario fallezca,

Artículo 115El funcionario que se accidentare en

Artículo 116Si se declarare la irrecuperabilidad

Artículo 117Los funcionarios tendrán derecho a

Artículo 118El funcionario tendrá derecho a

Artículo 119El empleado que infringiere sus Ley 18

Artículo 120La sanción administrativa es Ley 18

Artículo 121Los funcionarios podrán ser objeto de

Artículo 122La censura consiste en la reprensión

Artículo 123La multa consiste en la privación de

Artículo 124La suspensión consiste en la

Artículo 125La destitución es la decisión de la Ley 18

Artículo 126Si el jefe superior de la institución,

Artículo 127Si en el transcurso de la

Artículo 128Si la naturaleza de los hechos

Artículo 129El sumario administrativo se ordenará

Artículo 130La resolución a que se refiere el

Artículo 131Las notificaciones que se realicen en

Artículo 132Los funcionarios citados a declarar por

Artículo 133Se considerarán causales de

Artículo 134Formulada la recusación, el fiscal o

Artículo 135El fiscal tendrá amplias facultades

Artículo 136En el curso de un sumario

Artículo 137En el evento de proponer el fiscal el

Artículo 138El inculpado será notificado de los

Artículo 139Contestados los cargos o vencido el

Artículo 140Emitido el dictamen, el fiscal elevará

Artículo 141En contra de la resolución que ordene

Artículo 142Acogida la apelación o propuesta la

Artículo 143Vencidos los plazos de instrucción de Ley 18

Artículo 144Los vicios de procedimiento no

Artículo 145Los plazos señalados en el presente

Artículo 146El funcionario cesará en el cargo por

Artículo 147La renuncia es el acto en virtud del

Artículo 148En los casos de cargos de exclusiva

Artículo 149El funcionario que jubile, se pensione

Artículo 150La declaración de vacancia procederá

Artículo 151El Jefe superior del servicio podrá

Artículo 152Si se hubiere declarado irrecuperable

Artículo 153El término del período legal por el

Artículo 154En los casos de supresión del empleo

Artículo 155El empleado que prolongare

Artículo 156Sin perjuicio de lo dispuesto en el

Artículo 157La responsabilidad administrativa del

Artículo 158La acción disciplinaria de la Ley 19

Artículo 159La prescripción de la acción

Artículo 160Los funcionarios tendrán derecho a

Artículo 161Los derechos de los funcionarios

Artículo 162Los funcionarios que ejerzan las

Artículo 163Derógase el decreto con fuerza de ley

Artículo El cambio de régimen jurídico que

Artículo 1Delégase en el Presidente de la

Artículo 2El personal en actual servicio que no Ley 18

Artículo 3La aplicación de las normas contenidas Ley 18

Artículo 4Mientras no se dicten los nuevos Ley 18

Artículo 5El personal que actualmente cumple Ley 18

Artículo 6El límite de personal a contrata Ley 19

Artículo 7El requisito de haber aprobado la Ley 18

Artículo 8Las viviendas ocupadas actualmente por Ley 18

Artículo 9Las investigaciones y sumarios Ley 18

Artículo 10Los concursos pendientes a la fecha de Ley 18

Artículo 11No obstante lo dispuesto en el artículo Ley 18

Artículo 12Lo dispuesto en la letra a) del

Artículo 13Las normas del decreto con fuerza de ley Ley 18

Artículo 14Los funcionarios de los órganos o Ley 18

Artículo 15Los funcionarios afectos al régimen Ley 18

Artículo 16Corresponderá a la respectiva Comisión Ley 18

Artículo 17En el caso de fallecimiento de un

Artículo 18No obstante lo dispuesto en el artículo Ley 18

Artículo 19El tope máximo a que se refiere el Ley 19

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