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Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

Ley 27/2011es-law-2011-08-01-27

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Complementos para pensiones inferiores a la mínima
  3. Artículo 2 Exención parcial de la obligación de cotizar
  4. Artículo 3 Incapacidad Permanente
  5. Artículo 4 Jubilación
  6. Artículo 5 Jubilación anticipada
  7. Artículo 6 Jubilación parcial
  8. Artículo 7 Ampliación de la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  9. Artículo 8 Factor de sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social
  10. Artículo 9 Beneficios por cuidados de hijos
  11. Disposición adicional primera Pensión de orfandad
  12. Disposición adicional segunda Modificación en materia de convenios especiales
  13. Disposición adicional tercera Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación
  14. Disposición adicional cuarta Elaboración por el Gobierno de un estudio en relación con la Recomendación 5.ª del Pacto de Toledo
  15. Disposición adicional quinta Elaboración por el Gobierno de un estudio y propuestas de actuación en relación con la Recomendación 17.ª del Pacto de Toledo
  16. Disposición adicional sexta Convenio especial a suscribir en expedientes de regulación de empleo
  17. Disposición adicional séptima Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social
  18. Disposición adicional octava Evaluación de la Ley sobre el cálculo de las pensiones
  19. Disposición adicional novena Adecuación del Régimen Especial de Autónomos
  20. Disposición adicional décima Bases máximas de cotización
  21. Disposición adicional undécima Alternativas de financiación complementaria
  22. Disposición adicional duodécima Separación de fuentes de financiación
  23. Disposición adicional decimotercera Pensiones de unidades económicas unipersonales
  24. Disposición adicional decimocuarta Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
  25. Disposición adicional decimoquinta Cotización a la Seguridad Social de trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio
  26. Disposición adicional decimosexta Aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios
  27. Disposición adicional decimoséptima Prestación de servicios domésticos a través de empresas
  28. Disposición adicional decimoctava Anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento
  29. Disposición adicional decimonovena Estudio sobre el desarrollo de la previsión social complementaria
  30. Disposición adicional vigésima Estudio sobre las cotizaciones sociales de los trabajadores autónomos
  31. Disposición adicional vigésima primera
  32. Disposición adicional vigésima segunda
  33. Disposición adicional vigésima tercera
  34. Disposición adicional vigésima cuarta
  35. Disposición adicional vigésima quinta
  36. Disposición adicional vigésima sexta
  37. Disposición adicional vigésima séptima
  38. Disposición adicional vigésima octava
  39. Disposición adicional vigésima novena
  40. Disposición adicional trigésima Pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública
  41. Disposición adicional trigésima primera
  42. Disposición adicional trigésima segunda
  43. Disposición adicional trigésima tercera
  44. Disposición adicional trigésima cuarta
  45. Disposición adicional trigésima quinta
  46. Disposición adicional trigésima sexta
  47. Disposición adicional trigésima séptima
  48. Disposición adicional trigésima octava
  49. Disposición adicional trigésima novena
  50. Disposición adicional cuadragésima
  51. Disposición adicional cuadragésima primera
  52. Disposición adicional cuadragésima segunda
  53. Disposición adicional cuadragésima tercera
  54. Disposición adicional cuadragésima cuarta
  55. Disposición adicional cuadragésima quinta
  56. Disposición adicional cuadragésima sexta
  57. Disposición adicional cuadragésima séptima
  58. Disposición adicional cuadragésima octava
  59. Disposición adicional cuadragésima novena
  60. Disposición adicional quincuagésima Deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro
  61. Disposición adicional quincuagésima primera
  62. Disposición adicional quincuagésima segunda
  63. Disposición transitoria única Reducción de cotizaciones en las personas que prestan servicios en el hogar familiar
  64. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  65. Disposición final primera Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo
  66. Disposición final segunda Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público
  67. Disposición final tercera Modificación del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones
  68. Disposición final cuarta Modificación del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre
  69. Disposición final quinta Título competencial
  70. Disposición final sexta Disposiciones de aplicación y desarrollo
  71. Disposición final séptima Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
  72. Disposición final octava Normas aplicables a los Regímenes Especiales
  73. Disposición final novena
  74. Disposición final décima Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo
  75. Disposición final undécima Información sobre las políticas de inversión de los planes y fondos de pensiones
  76. Disposición final duodécima Entrada en vigor
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