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Real Decreto 31 unidades
Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
Real Decreto 750/2010es-royal-decree-2010-06-04-75024 jun 2010
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Ámbito de aplicación
- Artículo 4 Procedimiento de obtención de la homologación de tipo de vehículos, sus sistemas, partes y piezas
- Artículo 5 Aplicaciones particulares
- Artículo 6 Requisitos sobre la tramitación
- Artículo 7 Actas de ensayo
- Artículo 8 Vehículos destinados a la realización de los ensayos necesarios para la obtención de la homologación de tipo de vehículos o de los actos reglamentarios
- Artículo 9 Procedimiento de conformidad de la producción
- Artículo 10 Número de homologación
- Artículo 11 Servicios técnicos
- Artículo 12 Tarjetas de inspección técnica de vehículos
- Artículo 13 Infracciones y sanciones
- Disposición adicional única Reformas de importancia antes de la matriculación
- Disposición transitoria primera Carrozado inicial de vehículos
- Disposición transitoria segunda Homologaciones de tipo nacionales
- Disposición transitoria tercera Extensiones de homologaciones de tipo nacionales
- Disposición transitoria cuarta Tarjetas de ITV o certificados para carrozado para vehículos homologados según el Real Decreto 2140/85, de 9 de octubre
- Disposición transitoria quinta Registro de fabricantes y firmas autorizadas
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Habilitación para la modificación de los anexos de este real decreto
- Disposición final tercera Entrada en vigor
- Artículo 2
- Artículo 5
- Artículo 3
- Artículo 3
- Artículo 3
- Artículo 3
- Artículo 3