🇪🇸 España
Acuerdo internacional 37 unidades
Aplicación provisional del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015.
X 8565/boees-x-boe-a-2015-856531 jul 2015
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Definiciones
- Artículo 2 Personalidad jurídica
- Artículo 3 Libertad de acción de la Organización
- Artículo 4 Inmunidades y privilegios
- Artículo 5 Inviolabilidad
- Artículo 6 Inmunidad de jurisdicción
- Artículo 7 Comunicaciones
- Artículo 8 Servicios públicos
- Artículo 9 Publicaciones
- Artículo 10 Régimen fiscal
- Artículo 11 Régimen de aduanas
- Artículo 12 Libre disposición de fondos
- Artículo 13 Reuniones de la Organización
- Artículo 14 Libertad de acceso y estancia
- Artículo 15 Estatuto del Secretario General y de los funcionarios de ciertas categorías
- Artículo 16 Inmunidades y facilidades concedidas a todos los funcionarios
- Artículo 17 Inmunidades y facilidades concedidas a los funcionarios que no sean nacionales españoles ni extranjeros residentes permanentes en el momento de su adscripción a la OMT
- Artículo 18 Expertos en misión
- Artículo 19 Empleo remunerado en España de familiares dependientes de los funcionarios
- Artículo 20 Caja de pensión y fondos especiales
- Artículo 21 Seguridad Social
- Artículo 22 Objeto de la inmunidad
- Artículo 23 Prevención de abusos
- Artículo 24 Tarjeta de identidad
- Artículo 25 Misiones permanentes ante la OMT
- Artículo 26 Representantes permanentes ante la OMT
- Artículo 27 Representantes ante la OMT
- Artículo 28 Representantes en Misión ante la OMT
- Artículo 29 Controversia de índole privada
- Artículo 30 Exención de responsabilidad de España
- Artículo 31 Edificio de la sede
- Artículo 32 Consultas entre España y la Organización Mundial del Turismo para la aplicación del presente Convenio de Sede
- Artículo 33 Cooperación del Gobierno español con la Organización
- Artículo 34 Solución de controversias
- Artículo 35 Modificación del Convenio de Sede
- Artículo 36 Entrada en vigor