España
Vigente Resolución 11 unidades
Resolución de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Guadix de una solicitud de rectificación registral por error material y de concepto.
X 22863/boees-x-boe-a-2026-2286331 oct 2026
- Apartado de anexo undécimo Apartado undécimo. La calificación sustitutoria no supera los defectos de la calificación inicial y confirma la necesidad del presente recurso
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Competencia, legitimación, plazo y procedencia del recurso
- Apartado de anexo segundo Apartado segundo. Régimen legal del error de concepto
- Apartado de anexo tercero Apartado tercero. Doctrina del Tribunal Supremo y de la Dirección General sobre rectificación de errores de concepto resultantes claramente de los asientos
- Apartado de anexo cuarto Apartado cuarto. Error en la premisa de la calificación: no se pretende transformar una novación en constitución, sino rectificar la causa registral y la expresión del título
- Apartado de anexo quinto Apartado quinto. La rectificación es compatible con la conservación del asiento, del rango y de la responsabilidad hipotecaria
- Apartado de anexo sexto Apartado sexto. Subsidiariamente, procede al menos la rectificación de la referencia al protocolo 313 como título causante de la hipoteca
- Apartado de anexo séptimo Apartado séptimo. Incongruencia material de la calificación al no dar respuesta efectiva a la petición relativa a las fincas 31.000 a 31.030
- Apartado de anexo octavo Apartado octavo. Principio de especialidad y necesidad de correcta identificación del título causante
- Apartado de anexo noveno Apartado noveno. Principio de rogación y congruencia de la rectificación solicitada
- Apartado de anexo décimo Apartado décimo. Corolario del recurso y conclusión jurídica