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Vigente Resolución 11 unidades

Resolución de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Guadix de una solicitud de rectificación registral por error material y de concepto.

X 22863/boees-x-boe-a-2026-2286331 oct 2026

  1. Apartado de anexo undécimo Apartado undécimo. La calificación sustitutoria no supera los defectos de la calificación inicial y confirma la necesidad del presente recurso
  2. Apartado de anexo primero Apartado primero. Competencia, legitimación, plazo y procedencia del recurso
  3. Apartado de anexo segundo Apartado segundo. Régimen legal del error de concepto
  4. Apartado de anexo tercero Apartado tercero. Doctrina del Tribunal Supremo y de la Dirección General sobre rectificación de errores de concepto resultantes claramente de los asientos
  5. Apartado de anexo cuarto Apartado cuarto. Error en la premisa de la calificación: no se pretende transformar una novación en constitución, sino rectificar la causa registral y la expresión del título
  6. Apartado de anexo quinto Apartado quinto. La rectificación es compatible con la conservación del asiento, del rango y de la responsabilidad hipotecaria
  7. Apartado de anexo sexto Apartado sexto. Subsidiariamente, procede al menos la rectificación de la referencia al protocolo 313 como título causante de la hipoteca
  8. Apartado de anexo séptimo Apartado séptimo. Incongruencia material de la calificación al no dar respuesta efectiva a la petición relativa a las fincas 31.000 a 31.030
  9. Apartado de anexo octavo Apartado octavo. Principio de especialidad y necesidad de correcta identificación del título causante
  10. Apartado de anexo noveno Apartado noveno. Principio de rogación y congruencia de la rectificación solicitada
  11. Apartado de anexo décimo Apartado décimo. Corolario del recurso y conclusión jurídica
Citenza

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