DL 2.573

LEY ORGANICA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Articolo 1El Consejo de Defensa del Estado es un

Articolo 2Si alguno de los delitos a que se

Articolo 3El Consejo de Defensa del Estado, con el

Articolo 4El Consejo de Defensa del Estado tendrá

Articolo 5Los órganos del Consejo de Defensa del

Articolo 6El Consejo se compondrá de doce

Articolo 7Cuando el Presidente del Consejo lo

Articolo 8Las sesiones del Consejo se celebrarán

Articolo 9El Presidente del Consejo tendrá los

Articolo 10Prohíbese al Presidente del Consejo de

Articolo 11El Consejo tendrá un Secretario-Abogado

Articolo 12Las funciones que el artículo 1° asigna

Articolo 13En cada ciudad asiento de Corte de

Articolo 14Los abogados procuradores fiscales,

Articolo 15Los abogados procuradores fiscales no

Articolo 16Los abogados procuradores fiscales serán

Articolo 17Lo dispuesto en el N° 7 del artículo

Articolo 18Corresponderá a este Departamento:

Articolo 19Este departamento estará a cargo de un

Articolo 20Dentro del territorio jurisdiccional de

Articolo 21Los abogados y sus delegados serán

Articolo 22Los delegados percibirán únicamente un

Articolo 23El Presidente del Consejo y los abogados

Articolo 24En los juicios ordinarios en que el

Articolo 25Las designaciones de receptores

Articolo 26En los procesos penales de que trata el

Articolo 26 bisEn los procesos sobre tráfico

Articolo 27Los juicios en que el Fisco intervenga

Articolo 28Carabineros de Chile e Investigaciones de

Articolo 29En los procesos penales a que se

Articolo 30El Consejo de Defensa del Estado podrá

Articolo 31Los notarios, conservadores, archiveros,

Articolo 32Todos los empleados del Estado, de las

Articolo 33Los funcionarios y empleados señalados

Articolo 34Los funcionarios públicos y municipales

Articolo 35Las sentencias que en copia autorizada

Articolo 36Los abogados que se retiren del Servicio

Articolo 37Toda cesión de crédito en contra del

Articolo 38El Estado, el Fisco, las Municipalidades

Articolo 39No será aplicable a los funcionarios del

Articolo 40La Junta Calificadora a que se refiere el

Articolo 41Derógase el decreto con fuerza de ley

Articolo 42Los profesionales y funcionarios que se

Articolo 1Facúltase al Presidente de la

Articolo 2Dentro del plazo de seis meses a contar

Articolo 3El encasillamiento a que se refiere el

Articolo 4El personal del Consejo de Defensa del

Articolo 5Los funcionarios a quienes se les

Articolo 6El encasillamiento del artículo 3° no

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