Ley 9.866

MODIFICA LA LEY N° 7,790 Y FINANCIA EL DEPARTAMENTO DE PERIODISTAS Y FOTOGRABADORES DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS

Articolo 1o Establécense los siguientes impuestos para los fines que en esta ley se señalan:

Articolo 2o El rendimiento de los impuestos que se establecen en el artículo 1

Articolo 3º Las pensiones de jubilación de los periodistas beneficiados con lo dispuesto en el artículo 8

Articolo 4o Reajústanse, por una sola vez, los montos actuales de las pensiones de jubilación inferiores a $ 8

Articolo 5o Las pensiones de montepío cuyos causantes hubieren fallecido antes del día 4 de Agosto de 1944 se reajustarán también por una sola vez en la siguiente forma:

Articolo 6

Articolo 7o Se aplicará a los personales de las empresas periodísticas y de las agencias noticiosas nacionales lo dispuesto en la letra a) del artículo 1

Articolo 8o Agréganse los siguientes artículos al Párrafo V del artículo 4

Articolo 9o Para los efectos de fijar el monto del sueldo vital que la ley N

Articolo 10Reemplázase el texto actual del primer artículo que el artículo 5

Articolo 11

Articolo 12

Articolo 13Modifícase, en la forma que a continuación se indica, las siguientes disposiciones de la ley N

Articolo 14Cuando una empresa se incorpora al régimen de previsión de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas deberá indicar el nombre y domicilio del dueño o de su representante legal

Articolo 15

Articolo 16Del rendimiento que se obtenga por los impuestos establecidos en el artículo 1

Articolo 17

Articolo 18Las empresas radiodifusoras estarán exentas del impuesto establecido en la ley N

Articolo 19

Articolo 20Gozarán de los beneficios que contempla el artículo 3

Articolo

Articolo 2o Las solicitudes presentadas hasta el 30 de Junio de 1950 a virtud del texto primitivo del primer artículo que el artículo 5

Articolo 3

Articolo 4o Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto con numeración de ley las disposiciones de la presente ley, del decreto ley N

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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