MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 2, DE 31 DE JULIO DE 1959
Articolo 2Las viviendas que fueron asignadas a sus actuales adquirentes por acuerdo del Consejo de la Corporación de la Vivienda con anterioridad a la fecha de vigencia del DFL
In vigore · versione del 19 dic 1963
Artículo 2°- Las viviendas que fueron asignadas a sus actuales adquirentes por acuerdo del Consejo de la Corporación de la Vivienda con anterioridad a la fecha de vigencia del DFL. N° 2, no están afectas a las disposiciones que establece el sistema de reajustabilidad en sus dividendos.