MODIFICA DFL N° 1, DE 1968, EN LA FORMA QUE INDICA
Articolo 21El mayor gasto que representa la aplicación de esta ley deberá ser incluido en las Leyes de Presupuestos de la Nación de los años 1973 y siguientes
In vigore · versione del 8 mar 1973
Artículo 21.- El mayor gasto que representa la aplicación de esta ley deberá ser incluido en las Leyes de Presupuestos de la Nación de los años 1973 y siguientes.