Cile
Parzialmente abrogata Ley 149 unità
ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Ley 19.496cl-law-1997-03-07-1949620 apr 2021
- Articolo 1 La presente ley tiene por objeto normar
- Articolo 2 Quedan sujetos a las disposiciones de
- Articolo 2 bis No obstante lo prescrito en el
- Sección 1. Párrafo 1º
- Articolo 3 Son derechos y deberes básicos del
- Articolo 3 bis El consumidor podrá poner término
- Articolo 3 ter En el caso de prestaciones de
- Articolo 4 Los derechos establecidos por la
- Sección 2. Párrafo 2º
- Articolo 5 Se entenderá por Asociación de
- Articolo 6 Las asociaciones de consumidores se
- Articolo 7 Además de las causales de disolución
- Articolo 8 Las organizaciones a que se refiere el
- Articolo 9 Las organizaciones de que trata este
- Articolo 10 No podrán ser integrantes del consejo
- Articolo 11 Tampoco podrán ser integrantes del
- Articolo 11 bis Créase un Fondo Concursable,
- Articolo 11 ter Se reconocerá el carácter de
- Sección 3. Párrafo 3º
- Articolo 12 Todo proveedor de bienes o servicios
- Articolo 12 a En los contratos celebrados por medios
- Articolo 12 b Los proveedores de servicios de
- Articolo 13 Los proveedores no podrán negar
- Articolo 14 Cuando con conocimiento del proveedor se
- Articolo 15 Los sistemas de seguridad y vigilancia
- Articolo 15 a Los proveedores que ofrezcan servicios
- Articolo 15 b Los prestadores institucionales de
- Articolo 15 c A quien administre el servicio de
- Sección 4. Párrafo 4º
- Articolo 16 No producirán efecto alguno en los
- Articolo 16 a Declarada la nulidad de una o varias
- Articolo 16 b El procedimiento a que se sujetará la
- Articolo 17 Los contratos de adhesión relativos a las
- Articolo 17 a Los proveedores de bienes y servicios
- Articolo 17 b Los contratos de adhesión de
- Articolo 17 c Los contratos de adhesión de
- Articolo 17 d Los proveedores de productos o
- Articolo 17 e El consumidor afectado podrá
- Articolo 17 f Los proveedores de servicios o
- Articolo 17 g Los proveedores deberán informar la
- Articolo 17 h Los proveedores de productos o
- Articolo 17 i Cuando el consumidor haya otorgado un
- Articolo 17 j Los proveedores de productos o
- Articolo 17 k El incumplimiento por parte de un
- Articolo 17 l Los proveedores de servicios o
- Articolo 17 m Los proveedores de productos o
- Sección 5. Párrafo 5º
- Articolo 18 Constituye infracción a las normas de
- Articolo 19 El consumidor tendrá derecho a la
- Articolo 20 En los casos que a continuación se
- Articolo 21 El ejercicio de los derechos que
- Articolo 22 Los productos que los proveedores,
- Articolo 23 Comete infracción a las disposiciones
- Articolo 24 Las infracciones a lo dispuesto en esta
- Articolo 24 a Tratándose de infracciones que
- Articolo 25 El que suspendiere, paralizare o no
- Articolo 25 a En los casos de suspensión,
- Articolo 26 Las acciones que persigan la
- Articolo 27 Las restituciones pecuniarias que las
- Articolo 28 Comete infracción a las disposiciones
- Articolo 28 a Asimismo, comete infracción a la
- Articolo 28 b Toda comunicación promocional o
- Articolo 29 El que estando obligado a rotular los
- Articolo 30 Los proveedores deberán dar
- Articolo 31 En las denuncias que se formulen por
- Articolo 32 La información básica comercial de los
- Articolo 33 La información que se consigne en los
- Articolo 34 En los casos de publicidad falsa o
- Articolo 35 En toda promoción u oferta se deberá
- Articolo 36 Cuando se trate de promociones en que el
- Articolo 37 En toda operación de consumo en que se
- Articolo 38 Los intereses se aplicarán solamente
- Articolo 39 Cometerán infracción a la presente
- Articolo 39 a Derogado
- Articolo 39 b Si se cobra extrajudicialmente
- Articolo 39 C
- Articolo 40 En los contratos de prestación de
- Articolo 41 El prestador de un servicio, incluido el
- Articolo 42 Se entenderán abandonadas en favor del
- Articolo 43 El proveedor que actúe como
- Articolo 44 Las disposiciones del presente párrafo
- Articolo 45 Tratándose de productos cuyo uso
- Articolo 46 Todo fabricante, importador o
- Articolo 47 Declarada judicialmente o determinada
- Articolo 48 En el supuesto a que se refiere el
- Articolo 49 El incumplimiento de las obligaciones
- Articolo 49 bis Los fabricantes e importadores de
- TÍTULO IV. TITULO IV
- Sección 1. Párrafo 1º
- Articolo 50 Las denuncias y acciones que derivan de
- Articolo 50 a Las denuncias presentadas en defensa
- Articolo 50 b En lo no previsto por el procedimiento
- Articolo 50 c La denuncia, querella o demanda ante
- Articolo 50 d En aquellos casos en los que en virtud
- Articolo 50 e En aquellos casos en los que, en
- Articolo 50 f Si durante un procedimiento el juez
- Articolo 50 g Las causas cuya cuantía, de acuerdo
- Sección 2. Párrafo 2°
- Articolo 50 h El conocimiento de la acción ejercida
- Articolo 50 i El mismo procedimiento señalado en el
- Sección 3. Párrafo 3º
- Articolo 51 El procedimiento señalado en este
- Articolo 52 El tribunal examinará la demanda, la
- Articolo 53 En la misma resolución en que se
- Articolo 53 a Durante el juicio y hasta la
- Articolo 53 b El juez podrá llamar a conciliación
- Articolo 53 c En la sentencia que acoja la demanda,
- Articolo 54 La sentencia ejecutoriada que declare la
- Articolo 54 a Corresponderá al secretario del
- Articolo 54 b Los interesados podrán comparecer al
- Articolo 54 c Los interesados deberán presentarse a
- Articolo 54 d La presentación que efectúe el
- Articolo 54 e Vencido el plazo de noventa días
- Articolo 54 f El demandado deberá efectuar las
- Articolo 54 g Si la sentencia no es cumplida por el
- Sección 4. Párrafo 4°
- Articolo 54 h El procedimiento a que se refiere este
- Articolo 54 i La resolución que dé inicio al
- Articolo 54 j El plazo máximo de duración del
- Articolo 54 k Notificada la resolución que dé
- Articolo 54 l La manifestación por la que el
- Articolo 54 m Durante el procedimiento, el Servicio
- Articolo 54 n Durante la tramitación del
- Articolo La comparecencia de los proveedores a
- Articolo 54 o A solicitud del proveedor, el Servicio
- Articolo 54 p En caso de llegar a un acuerdo, el
- Articolo 54 q Para que el acuerdo contenido en la
- Articolo 54 r La notificación de las resoluciones
- Articolo 54 s Un reglamento dictado por el
- TÍTULO V. Título V
- Articolo 55 El Servicio Nacional del Consumidor
- Articolo 55 a El Servicio Nacional del Consumidor
- Articolo 55 b El proveedor que tenga contratos con
- Articolo 55 c El sello SERNAC se podrá revocar
- Articolo 55 d Los proveedores que promocionen o
- Articolo 56 El servicio de atención al cliente
- Articolo 56 a El mediador y el árbitro financiero
- Articolo 56 b Para integrar la nómina indicada en
- Articolo 56 c El mediador sólo podrá realizar
- Articolo 56 d El consumidor que no hubiere aceptado
- Articolo 56 e El árbitro financiero se sujetará a
- Articolo 56 f El mediador y el árbitro financiero
- Articolo 56 g Los servicios de atención al cliente
- Articolo 56 h En caso de que el proveedor no cumpla
- Articolo 57 El Servicio Nacional del Consumidor (en
- Articolo 58 El Servicio Nacional del Consumidor
- Articolo 58 bis Los jueces de letras y de policía
- Articolo 59 El Director Nacional será el jefe
- Articolo 59 bis El personal del Servicio habilitado
- Articolo 59 ter Los funcionarios y demás personas
- Articolo 60 El patrimonio del Servicio Nacional del
- Articolo 61 Las multas a que se refiere esta ley
- Articolo 62 El Ministerio de Economía, Fomento y
- Disposizione transitoria
- Articolo 1 La presente ley entrará en vigencia
- Articolo 2 Derógase la ley Nº 18
- Articolo 3 Las organizaciones de consumidores
- Articolo 4 Las normas establecidas en el artículo
- Articolo 5 Facúltase al Presidente de la
- Articolo 6 Durante la vigencia del estado de