SOBRE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA
Articolo 43Toda infracción de las disposiciones de
In vigore · versione del 4 nov 2024
Artículo 43.- Toda infracción de las disposiciones de esta ley, sus reglamentos y normas técnicas será sancionada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de conformidad a lo establecido en la ley Nº 18.410, especialmente en su Título IV, relativo a sanciones, en lo que fuere pertinente.