FORTALECE Y MODERNIZA EL SISTEMA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO
Articolo segundoEsta ley entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, salvo lo señalado en el artículo sexto transitorio
In vigore · versione del 30 mag 2026
Artículo segundo.- Esta ley entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, salvo lo señalado en el artículo sexto transitorio.