Fija atribuciones Dirección General de Estadística
Articolo 5
In vigore · versione del 22 ago 1930
Art. 5.o Las reparticiones públicas o empresas industriales del Estado que tuvieran a su cargo la formación de estadísticas del ramo, se sujetarán a las órdenes e instrucciones que les imparta la Dirección General de Estadística.