Articolo 3o Los tesoreros cumplirán por esta vez, con la obligación de pasar al Juzgado respectivo la nómina de las minas morosas, dentro de la primera quincena del mismo mes de Octubre
In vigore · versione del 13 apr 1931
Art. 3.o Los tesoreros cumplirán por esta vez, con la obligación de pasar al Juzgado respectivo la nómina de las minas morosas, dentro de la primera quincena del mismo mes de Octubre.