DETERMINA ATRIBUCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS
Articolo 6o El Servicio, de acuerdo con las recomendaciones internacionales, constituirá el Punto Focal Nacional para las consultas de los organismos técnicos y estadísticos del exterior
Questa legge non è più in vigore (Abrogata).
Artículo 6.o El Servicio, de acuerdo con las recomendaciones internacionales, constituirá el Punto Focal Nacional para las consultas de los organismos técnicos y estadísticos del exterior.