🇨🇱 Cile
DFL 53 unitÃ
AUTORIZA A LAS INSTITUCIONES DE PREVISION SOCIAL QUE INDICA PARA QUE VENDAN SUS INMUEBLES DE RENTA DESTINADOS A VIVIENDAS, POBLACIONES, LOCALES COMERCIALES Y OFICINAS
DFL 39cl-legislative-decree-1959-11-26-3913 feb 1963
- Articolo 1 o Las Instituciones de Previsión Social
- Articolo 2 o Las Instituciones de Previsión Social
- Articolo 3 o La Corporación de la Vivienda tasará
- Articolo 4 o Corresponderá a la Corporación de la
- Articolo 5 o Créase una Comisión Revisora de
- Articolo 6 o La tasación, aprobada o rectificada por
- Articolo 7 o La tasación definitiva se reajustará
- Articolo 8 o Las Instituciones Fiscales, Semifiscales
- Articolo 9 o Cada miembro de la Comisión Revisora,
- Articolo 10 o Dentro del plazo de 60 dÃas de aprobada
- Articolo 11 o Si el arrendatario ocupante no pudiere
- Articolo 12 o Los requisitos de la letra b) del
- Articolo 13 o El precio de la compraventa será el de
- Articolo 14 o El Presidente de la República regulará
- Articolo 15 o El imponente podrá enterar la cuota al
- Articolo 16 o El imponente o pensionado arrendatario
- Articolo 17 o Si el interesado no consignare en la
- Articolo 18 o Las viviendas que no se vendan de
- Articolo
- Articolo 19 o El Presidente de la República
- Articolo 20 o La enajenación de las poblaciones y
- Articolo 21 o Dentro del plazo de 60 dÃas de aprobada
- Articolo 22 o El precio de la compraventa será el de
- Articolo 23 o DEROGADO
- Articolo 24 o Las viviendas que no se vendan de
- Articolo 25 o Los inmuebles clasificados como
- Articolo 26 o En todo lo no previsto en los artÃculos
- Articolo 27 o Todas las viviendas que no se vendan de
- Articolo 28 o El mÃnimo del remate será el
- Articolo 29 o El Presidente de la República regulará
- Articolo 30 o No obstante, el comprador de una
- Articolo 31 o Para participar en el remate, todo
- Articolo 32 o La suma que falte para pagar la
- Articolo 33 o Las instituciones a que se refiere el
- Articolo 34 o Todas las normas contenidas en el
- Articolo 35 o La venta de los bienes a que se refiere
- Articolo 36 o Los saldos de precios de la compraventa
- Articolo 37 o Para garantizar el pago del saldo de
- Articolo 38 o Los deudores de saldos de precios,
- Articolo 39 o Los derechos que confiere el presente
- Articolo 40 o En caso de fallecimiento de un comprador
- Articolo 41 o Las propiedades se venderán como cuerpo
- Articolo 42 o El comprador imponente o pensionado que
- Articolo 43 o En las respectivas escrituras de venta,
- Articolo 44 o La Institución vendedora redactará el
- Articolo 45 o Serán de cargo del comprador los gastos
- Articolo 46 o Los imponentes que adquieran un inmueble
- Articolo 47 o La Institución vendedora deberá
- Articolo 48 o Las Instituciones de Previsión
- Articolo 49 o El Presidente de la República podrá
- Articolo 50 o Los deudores hipotecarios por compra de
- Articolo 51 o Para el pago de los servicios de las
- Articolo 52 o La clasificación en: vivienda, oficina