REORGANIZA LA CAJA DE COLONIZACION AGRICOLA
Articolo 65o Cuando la ubicación de los terrenos lo permita, las parcelas de alguna de estas Colonias podrán ser dedicadas a la explotación combinada de la agricultura y de la pesca
In vigore · versione del 24 feb 1960
Artículo 65.o Cuando la ubicación de los terrenos lo permita, las parcelas de alguna de estas Colonias podrán ser dedicadas a la explotación combinada de la agricultura y de la pesca.