APRUEBA NORMAS PARA LA APLICACION DEL IMPUESTO AL CEMENTO
Articolo 2o- La segunda y sucesivas ventas u otras convenciones que versen sobre el mismo producto estarán exentas del impuesto de compraventa de la ley N
In vigore · versione del 28 giu 1968
Artículo 2.o- La segunda y sucesivas ventas u otras convenciones que versen sobre el mismo producto estarán exentas del impuesto de compraventa de la ley N.o 12.120.