ESTABLECE NORMAS SOBRE SOCIEDADES AGRICOLAS DE REFORMA AGRARIA
Articolo 39El presente decreto con fuerza de ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
In vigore · versione del 14 nov 1968
Artículo 39.- El presente decreto con fuerza de ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.