MODIFICA LA PLANTA PERMANENTE DE SERVICIOS MENORES DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Articolo 6El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley, será de cargo del ítem 08/01/03 - 006 del Ministerio de Hacienda
In vigore · versione del 11 mag 1973
Artículo 6º.- El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley, será de cargo del ítem 08/01/03 - 006 del Ministerio de Hacienda.