FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY N° 2.763, DE 1979 Y DE LAS LEYES N° 18.933 Y N° 18.469.
Articolo 151El trabajador requerirá el pago del Ley N° 18
In vigore · versione del 1 dic 2025
Artículo 151.- El trabajador requerirá el pago del Ley N° 18.469 subsidio por incapacidad laboral en el respectivo Servicio Art. 20 de Salud, Caja de Compensación de Asignación Familiar o Institución de Salud Previsional, según corresponda.